Martes, 06 de Agosto de 1985
Las manifestaciones hechas en el escrito de contestación de la demanda, en el sentido del transcurso de los plazos legales, no pueden ser interpretadas como deducción de la defensa o excepción de prescripción liberatoria. Tales alusiones no traducen en forma clara, concreta, categórica y terminante, la decisión inequívoca de la ...
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