Jueves, 15 de Septiembre de 2016
No se hace lugar al recurso de aclaratoria, en virtud de que el escrito impugnativo trasluce una concreta pretensión de rectificación del importe de condena del rubro daños materiales, lo que no puede obtenerse en forma alguna mediante aclaratoria.
Extracto
El art. 248 del C.P.C.C. dispone que la única finalidad de la ...
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