Martes, 24 de Mayo de 2011
Corresponde declarar admisible el recurso extraordinario deducido por la actora y revocar la sentencia de segunda instancia apelada, y por consiguiente confirmar la de primera instancia en cuanto hizo lugar a la demanda promovida por la actora y, en consecuencia, tras declarar la inconstitucionalidad del decreto 992/02, había condenado
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