Si no puede ver correctamente este e-mail haga click aquí

Información jurídica integral desde 1952
Horario de atención: lunes a viernes, 8 a 14 hs.

Hágase amigo y síganos. Novedades jurídicas

Facebook: Juris online. Jurisprudencia Rosarina // Instagram: Jurisprudencia_rosarina. Juris online

NUEVOS CURSOS JURIS 2019


1. SISTEMA ACUSATORIO Y ESTRATEGIAS DEFENSIVAS EN EL CPPSF. Paso a paso. TEMARIO RENOVADO. NUEVA JURISPRUDENCIA.
HERNÁN SOTO - SILVANA LAMAS GONZÁLEZ - DARÍO PANGRAZI - GONZALO ARMAS
Miércoles 12 de junio, de 14 a 17 hs., se dicta el último módulo: CONGRUENCIA en las distintas etapas del proceso,
a cargo de los
Dres. Armas y Pangrazzi
Costo de este módulo: $ 600 en efectivo, tarjeta de débito o crédito

------------------------------------------------------------------
2. TRATAMIENTO PRÁCTICO DE LA LEY DE HONORARIOS 6767
AGUSTÍN CARBONE - LEANDRO ESCOBAR
Martes 25 y jueves 27 de junio, de 15.15 a 18 hs.
Ver temario analítico en www.editorialjuris.com, sección cursos jurídicos.
Costo curso: $ 1500 en efectivo, tarjeta de débito o crédito // $ 1800 en 3 cuotas.

------------------------------------------------------------------
3. DERECHO PREVISIONAL. Actualización.
ÉRICA ELISABET TELO. Presidente Instituto Derecho Previsional Colabro/Docente UNR
Miércoles 19 de junio y 3 de julio, 14 a 17 hs.

Temario:
Beneficios. Prueba de aportes. Relación de dependencia. SICAM. Jurisprudencia

Costo curso: $ 1500 en efectivo, tarjeta de débito o crédito // $ 1800 en 3 cuotas

------------------------------------------------------------------
4. PRÁCTICA EN DERECHO SUCESORIO.
GERÓNIMO MARTÍNEZ.
Miercoles 26 y viernes 28 de junio, 14 a 17 hs.


Temario:
1. Iniciación del juicio sucesorio: demanda. Competencia. Legitimación activa. Prueba. Acumulación de sucesiones. 2. Denuncia de bienes: presentación 3. Inventario y avalúo de bienes: designación de perito. Presentación del inventario y avalúo. Impugnaciones. 4. Demanda de colación 5. Demanda de reducción 6. Partición: privada. Judicial. Nombramiento de perito. Conformación de hijuelas. Presentación de la cuenta particionaria. Inscripción en registros. INCLUYE MATERIAL COMPLETO PARA TODO EL CURSO.

Costo curso: $ 1500 en efectivo, tarjeta de débito o crédito // $ 1800 en 3 cuotas

------------------------------------------------------------------
5. ANÁLISIS DE DECLARACIONES SEGÚN EL MÉTODO DEL F.B.I.
PROF. DR. ORLANDO TONIOLO. F.B.I. N.A. Session 248. Presidente de C.A.P.S.I.
Miércoles 11, 18 y 25 de setiembre y 2 y 9 de octubre, 14 a 17 hs.

Temario:
Análisis de las declaraciones verbales y escritas para determinar si se dice la verdad, se retiene información o se miente. (Temario detallado en www.editorialjuris.com, sección cursos jurídicos).

Costo curso: $ 2200 en efectivo, tarjeta de débito o crédito // 2400 en 3 cuotas

------------------------------------------------------------------
Inscripción y dictado: Centro de Especialización Jurídica JURIS
Direccion general: Luis Maesano Secretaría general: Luisina Rosso / Secretaría académica: Analía Tomich
Moreno 1580 de Rosario Tels. 0341-4267301 Lunes a viernes de 8 a 14 hs.
TODOS LOS CURSOS INCLUYEN COFFEE BREAK Y CERTIFICADOS. CUPO LIMITADO: 22 ASISTENTES. SOCIOS DE JURIS, MICROJURIS Y ESTUDIANTES: 15 % DE DESCUENTO
Más información: www.editorialjuris.com sección Cursos Jurídicos editorial@editorialjuris.com

JURISPRUDENCIA. Club de beneficios Juris. $ 138 mensuales. www.editorialjuris.com

SEA SOCIO POR $ 138 MENSUALES cliqueando en "ACCESO", "SOY NUEVO" y siguiendo las instrucciones, o bien telefónicamente de lunes a viernes de 8 a 14 al 0341-4267301 / 2, o personalmente en Moreno 1580, Rosario.

INCLUYE SIN COSTO ADICIONAL:
-JURISPRUDENCIA ROSARINA online actualizada diariamente, acceso libre e ilimitad / DOCTRINA online seleccionada / NEWS JURIS. Novedades en jurisprudencia, doctrina, bibliografía, cursos jurídicos, legislación y novedades.

MÁS DESCUENTOS EXCLUSIVOS EN:
-LIBROS DE JURIS: 20 % de descuento en efectivo, tarjetas de débito o crédito en un pago. / LIBROS DE OTRAS EDITORIALES: 12 % de descuento en efectivo, tarjetas de débito o crédito en un pago. / CURSOS JURÍDICOS DE JURIS: 15 % de descuento en efectivo, tarjetas de débito o crédito en un pago. / CAFETERÍA JURIS: 10 % de descuento en efectivo. -PROMOS ESPECIALES periódicas.

1.
Tribunal: Cámara Civil y Comercial, Sala I, Rosario
Autos: Nofri, Georgina Eugenia c. Telecom Argentina S.A. s. Daños y perjuicios

DEFENSA DEL CONSUMIDOR.  DAÑOS Y PERJUICIOS. SERVICIO DE TELEFONÍA. Interrupción del servicio. RELACIÓN DE CAUSALIDAD ADECUADA.  PRUEBA DE PERITOS. PÉRDIDA DE CHANCE. DAÑO A LA IMAGEN COMERCIAL.  DAÑO MORAL.

Reseña
La empresa de telefonía debe indemnizar la pérdida de chance padecida por una clienta ─titular de un local de indumentaria─, toda vez que la interrupción del servicio produjo perjuicios en las ventas con tarjetas de crédito y débito en el establecimiento comercial.

La pérdida de chance configura una frustración de una posibilidad de obtener ingresos. Representa un daño actual -no hipotético- resarcible cuando implica una probabilidad suficiente de beneficio económico que resulta frustrado por el responsable y que puede ser valoradoen sí mismo, aun prescindiendo del resultado final incierto, en su intrínseco valor económico de probabilidad.
La prueba pericial como actividad procesal destinada a aportar conocimientos científicos al sentenciante, contribuye a formar en éste una opinión fundada y vertida en el proceso acerca de los puntos que fueron sometidos a su dictamen.
La indemnización por el daño a la imagen comercial se relaciona con un perjuicio patrimonial exteriorizado por circunstancias tales como pérdida de clientes, disminución de contrataciones, necesidad de bajar los precios u otros hechos de similar perfil globalmente considerados.
El daño moral se concibe como el menoscabo o la desconsideración que el agravio puede ocasionar en la persona damnificada, padecimientos físicos, inquietudes o cualesquiera otras dificultades o molestias sufridas en el goce de los bienes o afecciones legítimas y, en general, toda clase de padecimientos no susceptibles de apreciación pecuniaria.
No todo incumplimiento contractual apareja daño moral, dependiendo su admisión de la apreciación del juez en cuanto al hecho generador del perjuicio y de las constancias del caso, pues no puede sustentarse en cualquier molestia que se origine en la satisfacción de las prestaciones contractuales.Es preciso que el incumplimiento trascienda de lo meramente material involucrado en lo contractual, a lo emocional.
En caso de incumplimiento contractual, la procedencia del daño moral debe ser interpretada en forma estricta y restrictiva, siendo prueba a cargo de la víctima la demostración concreta y puntual de la lesión directa en los valores más hondos de la personalidad que hace al mundo de sus afectos íntimos.

2.
Tribunal: Cámara en lo Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto
Autos: Ricci, Norma Beatriz c/SAMCO Labordeboy y otro s/Daños y perjuicios

MALA PRAXIS MÉDICA. RESPONSABILIDAD MÉDICA. ENFERMEDADES. Obesidad mórbida. RELACIÓN DE CAUSALIDAD.

Reseña
Se rechaza una demanda de mala praxis porque, el daño padecido por la paciente no se debió a la incorrecta colocación de una inyección, sino a su condición de salud.

El médico no puede ser responsable por la mala colocación de una inyección por parte de una enfermera, si la elección del medicamento prescripto es el de primera elección para el tratamiento de la patología diagnosticada.
Los demandados no deben responder por los daños padecidos por una paciente, si estos no guardan relación de causalidad con la práctica médica y sí lo hacen debido a las condiciones de salud de este.

3.
Tribunal: CApelación Circuito 2 Rosario
Autos: Rojas, Evangelina Isabel c/ Gamper, Carlos Alberto s/ Daños y perjuicios

DAÑOS Y PERJUICIOS. ACCIDENTES DE TRÁNSITO. Prioridad de paso. RESPONSABILIDAD OBJETIVA. Responsabilidad por el riesgo de la cosa. Cosa riesgosa. PRUEBA. Principio de adquisición.

Reseña
Se rechaza una demanda de daños y perjuicios, porque la actora pudo observar con debida anticipación que al llegar a una intersección entre dos arterias, el demandado no iba a detener su marcha, y, aun así, no detuvo su marcha y embistió al rodado.

Cuando el accidente de tránsito ha producido daños en dos cosas que se hallaban bajo la conducción del hombre, es decir, merced a su dominio y voluntad, debe concluirse que, en principio, ambos han creado el riesgo, ya que ninguno de los protagonistas puede ser considerado sin más agente pasivo del accidente.
Resulta difícil al juzgador que no presenció el hecho, obtener una certeza absoluta de la forma que el accidente ocurrió, bastando a tal fin con alcanzar una certeza moral, debiendo entenderse como tal el grado sumo de probabilidad acerca del modo de producirse el evento, y valerse a ese fin de las diversas pruebas aportadas, resultando necesario en ciertos casos y por insuficiencia de las mismas, acudir a inferencias y hacer mérito de las distintas presunciones de origen legal y jurisprudencial.
De acuerdo al principio de adquisición, las pruebas constituyen elementos de convicción comunes a todas las partes intervinientes en el proceso, de manera tal que el juez en el decisorio pueda hacer mérito indistintamente a ellas, con prescindencia de cuál haya sido la parte que la hubiere aportado.

4.
Tribunal: Cám. Laboral Rosario, Sala II
Autos: Eujanian, Jessica Maricel c/ Sanatorio Neuropatico SRL y otros s/ cobro de pesos

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO. DESPIDO INDIRECTO. Injuria laboral.

Reseña
La situación de despido indirecto en la que se colocó la trabajadora no luce ajustada a derecho, ya que no logró acreditar la injuria esgrimida al demandar, en el sentido de que el adicional y las vacaciones especiales pretendidas no se correspondían con las tareas que cumplía.

Si bien el convenio colectivo de trabajo es sólo expresión de la voluntad de las partes interesadas, puede ser tenida en cuenta en determinados casos concretos según la profesión del trabajador, es decir, su empleo, facultad u oficio, el que ejerce públicamente.
No corresponde unificar a todos los trabajadores dependientes de un mismo empleador bajo el mismo convenio colectivo, sin antes cotejar la pertinencia de cada convenio colectivo con las tareas desplegadas en cada una de las instituciones pertenecientes a la misma demandada, a fin de determinar en cuál de ellos deben ser categorizados.

Sumarios extraídos de www.editorialjuris.com Juris online. Jurisprudencia rosarina.

NOVEDADES BIBLIOGRÁFICAS

Molina, Marcelo José
CUÁNTO TIEMPO ES UN TIEMPITO.
2da. edición corregida y aumentada.
Con acuarelas a color de Jorge Molina.160 págs., $ 300

Buompadre
IMPRUDENCIA Y SINIESTRALIDAD VIAL

Caballero
OBJECIONES EN EL SISTEMA ACUSATORIO

Determann
PROTECCIÓN GLOBAL DE DATOS PERSONALES

Escuti
TÍTULOS DE CRÉDITO. 12a. edición

Luqui
ACCESO A LAS FUENTES DEL DERECHO
EN LA ERA DIGITAL

Marengo
SANCIONES ADMINISTRATIVAS
EN LAS RELACIONES DE CONSUMO

Samuel
EL DAÑO MORAL EN EL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

Torrens
AUTONOMÍA PROGRESIVA

Colección "Facere Facilius Iuris". Útil para litigar en Santa Fe. Dirección: María Belén Redondo
1. Cómo estimar las costas en los juicios en Santa Fe
2. Cómo litigar en Santa Fe según 100 Reglas Brasilia
3. Cómo tramitar un juicio de amparo en Santa Fe
4. Cómo tramitar medidas cautelares en Santa Fe
5. Cómo tramitar un recurso ordinario en Santa Fe
6. Cómo litigar con perspectiva de género en Santa Fe
7. Cómo litigar en la justicia comunitaria
de las pequeñas causas en Santa Fe
8. Cómo tramitar un recurso extraordinario
en Santa Fe

Otros títulos de "Facere facilius iuris" de próxima aparición

Colección completa, o tomos individuales se pueden adquirir

en 6 cuotas sin interés con todas las tarjetas

20 % de descuento por la compra de 4 o más tomos

PROMOS...

PLAN AHORA 12!! Jueves y viernes,
sólo con el 10 % de interés

ESTUDIANTES: 20 % descuento
en todas las editoriales jurídicas

-libros de Juris: todas las tarjetas, 3 cuotas sin interés

-libros de todas las editoriales: todas las tarjetas, 2 cuotas sin interés

-10 libros a elección en la librería: $ 200 -por exceso de stock-

CAFETERIA JURIS
CALIDAD EN CAFÉ Y RICAS MEDIALUNAS
Moreno 1580

..la misma calidad, y ¡siguen los mejores precios!

HOMICIDIO AL AYUNO
Café, té o mate con leche
1. CON UNA MEDIALUNA, bizcocho + soda. $ 60
2. CON DOS MEDIALUNAS o bizcochos + soda. $ 70
3. CON TRES MEDIALUNAS o bizcocho + soda $ 75
Si agrega un jugo exprimido chico en las 3 promos (más) + $ 20
4. CON UNA TOSTADA (pan blanco o negro) + 1 untable + jugo chico exprimido + soda. $65
5. CON DOS TOSTADAS (pan blanco o negro) + 2 untables + jugo chico exprimido + soda. $ 80
6. JARRITA DULCE, con dos masas secas + jugo + soda $ 65

DERECHO HIDRICO
1. Cafecito con masa seca + soda $ 40
2. Jarrita con masa seca + soda $ 45
3. Café solo o con leche, grande con masa seca + soda $ 50
4. Gaseosas, aguas saborizadas y agua mineral $ 45
5. Exprimido de naranja chico: $ 30 grande: $ 45
6. Té, mate cocido o leche con masa seca $ 45
7. Remo (leche + chocolate Águila) $ 55

DELITOS PARA REINCIDENTES
Cada medialuna, bizcocho, tostada o untable “extra”: $ 15 c/u
Turron de maní $ 15
Barrita de cereal light: $ 30

EDITORIAL Y LIBRERÍA JURIS / TODAS LAS EDITORIALES JURÍDICAS / TODOS LOS MEDIOS DE PAGO / ENVÍOS A TODO EL PAÍS Y EXTERIOR

Moreno 1580 - 2000 Rosario - Argentina - Telefax: 54 (341) 426 7301/2 - editorial@editorialjuris.com
Horario de atención: Lunes a Viernes de 8 a 14 hs. - www.editorialjuris.com

Ud. Ha recibido este MAIL por su suscripción a nuestro "Boletín de Novedades".
Si por algún motivo no desea recibirlo más, responda este mail con el asunto "REMOVER".
Para mayor información visite: www.editorialjuris.com