Si no puede ver correctamente este e-mail haga click aquí

Información jurídica integral desde 1952
Horario de atención: lunes a viernes, 8 a 14 hs.

Facebook: Juris online. Jurisprudencia Rosarina. Instagram:Jurisprudencia_rosarina. Juris online
Novedades jurisprudenciales, doctrinales y bibliográficas
Institución Formadora de Mediación Nº 27. Resolución Nº 28 del Ministerio de Justicia y DD.HH. de Santa Fe

CALCULADORA DE INDEMNIZACIONES EN JURIS
ACCIDENTE DE TRABAJO / ACCIDENTE DE TRÁNSITO / DESPIDO SIN CAUSA

GENTILEZA DEL ESTUDIO JURÍDICO MARIN - PISTACHIA
Abogados y médicos especializados en siniestros laborales, accidentes de tránsito, negligencia médica y reclamos por falta de cobertura de obras sociales y prepagas.
ESPECIALISTAS EN DERECHO LABORAL / ESPECIALISTAS EN RECLAMOS ANTE LA SRT /
ACCIDENTES DE TRÁNSITO. LESIONES A PEATONES Y MOTOCICLISTAS.

Ingrese a:
https://www.editorialjuris.com/novedad.php?id=168

CURSOS JURIS 2020

CÓMO LITIGAR EN SANTA FE. Teoría y práctica procesal
MEDIACIÓN /JUICIO ORDINARIO CPCC. ORALIDAD / DERECHO PROCESAL LABORAL / PROCESO DE DAÑOS Y PERJUICIOS. ACCIDENTES TRÁNSITO /
PROCESO SUCESORIO / PROCESO PENAL

Dres. Virginia Dagotto - Diego Culasso - Luisina Rosso
Leonardo Brunno - Gabriel Palatnik - Franco Fosco


----------------
Martes 17 de marzo, de 14 a 17 hs.
Luisina Rosso
Abogada litigante, Escribana y Profesora en Derecho, U.N.R. Adscripta de la materia Derecho Procesal Civil Cátedra ‘C’ – Facultad de Derecho UNR
PROCESO SUCESORIO PRÁCTICO - PASO A PASO con MODELOS
Impacto de la Oficina de Procesos Sucesorios

- Primera consulta – ¿Cómo confeccionar un presupuesto? Documentación a solicitar al cliente. - Iniciación del trámite. Primer decreto. - Confección y diligenciamiento de oficios - Nueva Oficina de Procesos Sucesorios - Declaratoria de herederos - Denuncia de bienes - inventario y avalúo
INMUEBLES:
- Inscripción de la Declaratoria de Herederos en el Registro General Rosario. - Partición y Adjudicación - Transferencia en el Registro General Rosario
RODADOS:
- Partición y Adjudicación - Transferencia en el Registro Automotor
----------------
Martes 31 de marzo, de 14 a 17 hs.
Gabriel Palatnik
Abogado litigante. Especializado en Derecho Laboral. Docente de Derecho Procesal Civil (UNR). Docente de Práctica Profesional I (UNR). Miembro del Centro de Estudios Procesales (UNR). Tesorero del Instituto de Derecho Procesal Civil, Colegio de Abogados de Rosario.
DERECHO PROCESAL LABORAL. Desde la entrevista con el cliente hasta la interposición de la demanda.
-Intercambio telegráfico. -Reclamos Individuales y acuerdos espontáneos ante el -Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe. -Interposición de la demanda – Requisitos – Cuestiones Prácticas. -Nociones básicas relativas a la prueba y audiencia de trámite.
----------------
Martes 7 de abril, de 14 a 17 hs.
Franco Fosco
Abogado (UNR). Defensor del Servicio Público Provincial de Defensa Penal. Adscripto en la materia "Derecho Penal I" – Facultad de Derecho UNR.
PROCESO PENAL EN SANTA FE. Estrategias en la intervención profesional
- La Víctima. - El Imputado. - Denuncia. -Audiencia imputativa. -Audiencia de medida cautelar.

----------------
Martes 14 de abril, de 14 a 17 hs.
Virginia Dagotto
Abogada Mediadora. Maestría en Derecho Privado. Directora de Juris. Institución Formadora de Mediación Nº 27
CÓMO SOLICITAR UNA MEDIACIÓN PREJUDICIAL. APLICACIÓN PRÁCTICA.
Particularidades. Ámbito de aplicación. Procedimiento. Sistema on line. Solicitud. Aplicación práctica. Requerimiento y requisitos. Monto. Notificaciones. Reuniones. Actas. Honorarios del mediador y de los patrocinantes letrados. Mediación gratuita. Modificaciones al CPCC. Jurisprudencia.

----------------
Martes 21 de abril, 14 hs.
CONFERENCIA DE CIERRE A CARGO DE LA DRA. ANDREA MEROI.
ENTREGA DE CERTIFICADOS
----------------
COSTO CURSO COMPLETO: $ 6250
MÓDULO INDIVIDUAL: $ 1250
SOCIOS JURIS: 30 % de descuento efectivo o 6 cuotas sin interés.
Socios Microjuris y estudiantes: 15 % de descuento o 6 cuotas sin interés

--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- -ESTRATEGIAS DEFENSIVAS
EN EL SISTEMA ACUSATORIO SANTAFESINO
Miércoles 18 y 25 de marzo y 1, 8, 15 y 22 de abril, de 14 a 17 hs.
Dres. Hernan Soto - Silvana Lamas Gonzalez - Andrea Siragusa -
Gonzalo Armas - M. Moreno

Temario
Módulo 1. 18/03. Dr. Soto. PROCEDIMIENTO DE FLAGRANCIA - ACUSACION - AMPLIACIÓN ACUSACIÓN-
Módulo 2. 25/03. Dres. Soto y Siragusa. ROL DEL DEFENSOR - DEFENSA EFICAZ – OBJETIVIDAD DE LA FISCALIA Y SU RELACIÓN CON EL ART. 286 CPP –
Módulo 3. 01/04. Dres. Armas y Siragusa. ABREVIADO. SALIDAS ALTERNATIVAS. ANTICIPO Y TRÁMITES ESPECIALES (SALUD)
Módulo 4. 08/04. Dres. Lamas y Moreno. PRELIMINAR- OFRECIMIENTO DE PRUEBAS Y PREPARACIÓN PARA EL JUICIO – AUTO APERTURA.
Módulo 5. 15/04. Dres. Lamas y Moreno. JUICIO- EXAMEN Y CONTRAEXAMEN – INCIDENCIAS EN EL JUICIO: EJEMPLO SUMARIANTE EN REEMPLAZO DEL TESTIGO FALLECIDO
Módulo 6. 22/04. Dr. Armas. CONGRUENCIA en las distintas etapas del proceso.

COSTO CURSO COMPLETO: $ 4500 // COSTO POR MÓDULO INDIVIDUAL: $ 1000
SOCIOS JURIS: 30 % de descuento efectivo, 20 % con débito o 6 cuotas sin interés.
Socios Microjuris y estudiantes: 15 % de descuento efectivo, o 6 cuotas sin interés.
Incluye coffee break y certificados.

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
-PRÁCTICA EN DERECHO SUCESORIO. Dr. Gerónimo Martínez

Lunes 30 de marzo y 6 y 13 de abril, de 14 a 17 hs.
Temario
1. Iniciación del juicio sucesorio: demanda. Competencia. Legitimación activa. Prueba. Acumulación de sucesiones. 2. Denuncia de bienes: presentación. 3. Inventario y avalúo de bienes: designación de perito. Presentación del inventario y avalúo. Impugnaciones. 4. Demanda de colación. 5. Demanda de reducción. 6. Partición: privada. Judicial. Nombramiento de perito. Conformación de hijuelas. Presentación de la cuenta particionaria. Inscripción en registros.
COSTO CURSO: $ 2500
SOCIOS JURIS: 30 % de descuento efectivo, 20 % con débito o 6 cuotas sin interés.
Socios Microjuris y estudiantes: 15 % de descuento efectivo, o 6 cuotas sin interés.
Incluye coffee break y certificados.


------------------------------------------------------------------
Inscripción y dictado: Centro de Especialización Jurídica JURIS
Direccion general: Luis Maesano Secretaría general: Luisina Rosso
Moreno 1580 de Rosario Tels. 0341-4267301 Lunes a viernes de 8 a 14 hs.
TODOS LOS CURSOS INCLUYEN COFFEE BREAK Y CERTIFICADOS.
LA PROVISIÓN DE MATERIAL DE ESTUDIO ES DECISIÓN DEL PROFESOR Y NO TIENE COSTO ADICIONAL.
CUPO LIMITADO: 22 ASISTENTES.

Más información: www.editorialjuris.com sección Cursos Jurídicos editorial@editorialjuris.com

ARTICULOS DOCTRINARIOS
Consúltelos gratuitamente en nuestro FB institucional:
Juris online. Jurisprudencia rosarina

-TRÁMITES ANTERIORES AL INICIO DE LAS ACCIONES
ANTE LAS COMISIONES MÉDICAS
Por Emilio Romualdi
DJuris601

-¿REACTIVACIÓN COOPERATIVA 2020 / 2023?
Por Roberto F. Bertossi
DJuris600

-25 AÑOS DEL SISTEMA DE RIESGOS DEL TRABAJO.
NADA QUE FESTEJAR
Por Eduardo L. Mezio
DJuris599

Artículos publicados en www.editorialjuris.com, sección Doctrina
También publicados en Facebook, Juris online. Jurisprudencia rosarina

JURISPRUDENCIA. Club de beneficios Juris. $ 238 mensuales
o $ 2600 anual www.editorialjuris.com

SEA SOCIO POR $ 158 MENSUALES cliqueando en "ACCESO", "SOY NUEVO" y siguiendo las instrucciones, o bien telefónicamente de lunes a viernes de 8 a 14 al 0341-4267301 / 2, o personalmente en Moreno 1580, Rosario.

INCLUYE SIN COSTO ADICIONAL:
-JURISPRUDENCIA ROSARINA, PROVINCIAL Y NACIONAL online actualizada diariamente, acceso libre e ilimitad / DOCTRINA LOCAL Y NACIONAL online seleccionada / NEWS JURIS. Novedades en jurisprudencia, doctrina, bibliografía Y cursos jurídicos.

MÁS DESCUENTOS EXCLUSIVOS EN:
-LIBROS DE JURIS: 30 % de descuento en efectivo
LIBROS DE OTRAS EDITORIALES: 12 % de descuento en efectivo
CURSOS JURÍDICOS DE JURIS: 30 % de descuento en efectivo
CAFETERÍA JURIS: 10 % de descuento en efectivo

1.
Tribunal: Cám. Civil y Com. Rosario, Sala I
Autos: Fratini, Osvaldo Raúl c/ Agrocomercial del Sur S.A. s/ Ejecutivo

JUICIO EJECUTIVO. TÍTULOS DE CRÉDITO. PAGARÉ. EXCEPCIÓN DE INHABILIDAD DE TÍTULO.

Reseña
Procedencia de la ejecución de un pagaré, que reúne los requisitos del art. 443 del Código Procesal Civil y Comercial de Santa Fe.

El pagaré aparece completo y su materialidad exterior es apta para proceder ejecutivamente,si ofrece la completividad, abstracción y literalidad propias de los papeles de comercio, conteniendo la totalidad de los requisitos que se exigen para acceder al juicio ejecutivo, al constar la legitimación sustancial del acreedor y deudor así como la existencia de deuda líquida y exigible.
Es al excepcionante a quien le corresponde la carga de la prueba sobre los hechos que desvirtúen la presunción de autenticidad y legitimidad de un título cambiario.
La carga de la prueba de las excepciones en el juicio ejecutivo constituye una carga de quien la alega.
El pagaré librado con vencimiento a determinado tiempo de la fecha de creación, al contener vencimiento cierto y cláusula de dispensa de protesto, la mora se produce en la fecha indicada en el título y, aun cuando tal circunstancia no libere al portador de su presentación al cobro, el deudor deberá acreditar la falta de tal presentación. 

2.
Tribunal: Juzg. Civ. y Com. 13a. Nom. Rosario
Autos: Villanova S.A. s/ Concurso preventivo

CONCURSO PREVENTIVO. ACUERDO PREVENTIVO. Propuesta del acuerdo preventivo.

Reseña
Homologación de un acuerdo preventivo, por cuanto la propuesta formulada por la concursada fue acordada  por la mayorías legales requeridas, sin impugnaciones, no presentando tintes de prestaciones en fraude a la ley o abusivas.

Bajo el régimen concursal vigente, el juez no tiene la facultad-deber de analizar  el mérito intrínseco del acuerdo ni la viabilidad económica empresaria del acuerdo, sino que el magistrado debe de efectuar un control de  legalidad formal y sustancial, constatando el  cumplimiento de los elementos esenciales previstos en la ley para su negociación,  aprobación e instrumentación, como así también,  la facultad de control de la licitud de las prestaciones  convenidas, a fin de denegar homologación a un acuerdo que contuviera prestaciones en  fraude a la ley o abusivas.

3.
Tribunal: Cámara de Apelación de Circuito Rosario
Autos: Fonseca, Flavia y Bauer, Rosa c/ Cabanellas, Alejandro s/ Pago por consignación

ABOGADOS. HONORARIOS DEL ABOGADO. Regulación de honorarios. INTERESES. RECURSO DE APELACIÓN. COSTAS. ALLANAMIENTO.

Reseña
Se confirma que los intereses moratorios de los honorarios del abogado, han de computarse a partir de la fecha en que la  alzada confirma el auto regulatorio apelado.

Los intereses moratorios establecidos como accesorios de los honorarios del abogado deben computarse desde que la alzada confirme el auto regulatorio de baja instancia, más si, la regulación de los estipendios fue recurrida por el mismo letrado beneficiario, y por lo tanto, no existió una maniobra dilatoria por parte del obligado a su pago.
El tope de 10 unidades Jus que prevé el artículo 43 de la Ley Orgánica del Poder Judicial  como requisito de admisibilidad del recurso de apelación no resulta aplicable al  fuero de Circuito, sino que su ámbito de aplicación se circunscribe al fuero de  Distrito en lo Civil y Comercial.
El allanamiento, para eximir de costas, debe darse en un marco en  que el allanado no haya dado lugar a la reclamación.

4.
Tribunal: Cámara en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela
Autos: Casado, Daniel Emilio c/ Rafaela Alimentos S.A. s/ Laboral

DESPIDO. Despido por justa causa. Pérdida de confianza.

Reseña
El despido del trabajador fue incausado, pues no se probó el hecho objetivo que derive en una pérdida de confianza del empleador hacia el empleado.

A fin de que se configure la pérdida de la confianza, si bastara la mera acusación de un empleado a otro, los trabajadores estarían ante una notoria inseguridad en su situación, dado que cualquier acusación, podría traerles consecuencias negativas.
Aunque no se haya declarado la responsabilidad criminal, los trabajadores pueden ser despedidos por falta de confianza, admitiéndose también el despido justificado aun cuando por los mismos hechos haya existido sobreseimiento en la causa penal (del voto en disidencia del Dr. Macagno).

5.
Tribunal: Cámara de Apelación de Circuito de Rosario
Autos: Martínez, Héctor Hugo Nicolás c/ Misagna, Hugo Raúl s/ Daños y perjuicios

ACCIDENTES DE TRÁNSITO. RESPONSABILIDAD POR EL RIESGO DE LA COSA. EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD. Culpa de la víctima. NORMAS DE TRÁNSITO. Prioridad de paso. DAÑOS AL VEHÍCULO. Privación de uso del automotor.

Reseña
Se admite una demanda de daños originada en un accidente de tránsito, porque el demandado o respetó la prioridad de paso que le asistía al vehículo del accionante.

Los procesos de daños causados por automotores en circulación, caen en la órbita de aplicación del  art. 1757 del Código Civil y Comercial de la Nación, donde el factor de atribución de responsabilidad civil, es el riesgo de la  cosa.
Quien pretende obtener una indemnización por el daño de la cosa, debe acreditar el acaecimiento del  hecho, el daño y la relación de causalidad entre ambos. El dueño o  guardián de la cosa riesgosa solo podrá liberarse de responder acreditando laculpa de la víctima o de un tercero por quien no debe responder.
Todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha. Esta prioridad rige independientemente de quien ingrese primero a la misma.
La privación de uso del vehículo, de por  sí, produce un daño que debe ser reparado por el causante del mismo, sin que  sean necesarias pruebas concretas de los perjuicios o gastos sufridos por tal  privación.

6.
Tribunal: Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, Sala I
Autos: Gómez, Lorena Gisela c/ Centro Médico IPAM S.A. y otros s/ Daños y perjuicios

MALA PRAXIS. MALA PRAXIS MÉDICA. Responsabilidad médica. MÉDICO. Responsabilidad del ente sanatorial. Historia clínica. RELACIÓN DE CAUSALIDAD ADECUADA. INDEMNIZACIÓN. DAÑO MORAL.

Reseña
Se admite una demanda de mala praxis, dado que se comprobó una inadecuada decisión y/o utilización del fórceps durante el parto, práctica que dejó una lesión en el ojo de por vida del recién nacido.

El factor de atribución en materia de responsabilidad médica es, en principio, subjetivo y corresponde al reclamante acreditar la conductareprochable.
Si bien se ha dicho que, como principio general, corresponde al reclamante acreditar la conducta reprochable que pretende endilgar al galeno a título de culpa, no menos cierto es que cada una de las partes en litigio se halla gravada con la carga de probar las menciones de hechos vertidos como propia versión de la realidad del caso y la demandada, especialmente, respecto de los alegados como eximente o causal de justificación del obrar de su parte.
Aun cuando la sola presencia del daño no implica, sin más, causal de atribución de responsabilidad, cabe considerar como indicios relevantes la efectiva existencia de un grave traumatismo ocular en el niño comprobado inmediatamente al nacer, su vínculo causal con la actuación del profesional y que la lesión es de laspropias del fórceps cuando se utiliza con falta de habilidad del operador o en una posición proscripta por la lex artis médica, según lo informó el perito designado de oficio, todo lo cual lleva por vía presuncional al convencimiento respecto de la existencia de la culpa alegada por el actor en el accionar del facultativo, capaz de comprometer su responsabilidad. El nexo causal no requiere la prueba acabada de la existencia de una causa de orden físico, sino que es ante todo un juicio de probabilidad.
La historia clínica del paciente resulta un documento que adquiere singular importancia probatoria en litigios de mala praxis.
La prueba de la culpa del médico además de la responsabilidad personal que implica, contiene la demostración del incumplimiento de la obligación de prestar asistencia adecuada, que toma a su cargo el  ente asistencial y deberá responder por la falta de diligencia de la persona de quien se vale para cumplir la prestación prometida.
La utilización de las conocidas fórmulas “o lo que en más o en menos estime prudente fijar el Tribunal”, “o lo que en más o en menos surja de las pruebas rendidas” o estereotipos similares, puede justificar, sin menoscabo para el principio de congruencia, que el juez otorgue más de lo pedido, siempre que ello resulte acorde con los términos de la pretensión y con las pruebas producidas y medien razones que lo justifiquen.
La naturaleza resarcitoria de la indemnización del daño moral, no necesariamente tiene que guardar relación de proporcionalidad con la relativa al daño material.
Para acreditar el daño moral en su existencia y extensión no es necesario aportar  prueba directa, sino que el juez debe apreciar las circunstancias del hecho y las cualidades de la víctima a fin de establecer el agravio.

Sumarios extraídos de www.editorialjuris.com Juris online. Jurisprudencia rosarina.

NOVEDADES BIBLIOGRÁFICAS: descuentos y AHORA 12


-Roberto Luqui
Revisión judicial de la actividad administrativa.
2 tomos.
1024 págs.

-Eduardo Clusellas
CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL COMENTADO POR ESCRIBANOS. 9 tomos.

-Osvaldo Samuel
DISCRIMINACIÓN LABORAL. 240 págs.

-Milton Rainolter
SOLIDARIDAD LABORAL EN LA TERCERIZACIÓN.
448 págs.

-Roberto Muguillo
SOCIEDADES NO CONSTITUIDAS REGULARMENTE
200 págs.

-Omar Berstein
INMINENTE CESACIÓN DE PAGOS. 192 págs.

-Gabriela Calcaterra
PERSONAS JURÍDICAS. 480 págs.

-Jorge Buompadre
IMPRUDENCIA Y SINIESTRALIDAD VIAL. 248 págs.

-Juan Olmo
HEREDEROS CON DISCAPACIDAD. 168 págs.

-María Belén Redondo
CÓMO TRAMITAR UNA TUTELA PREVENTIVA
EN SANTA FE.
Facere facilius iuris 10. $ 1800

-Eduardo Enrique Pastorino
NUEVO CÓDIGO PROCESAL LABORAL
DE LA PROVINCIA DE SANTA FE COMENTADO.

Actualizado y ampliado. INMINENTE APARICIÓN. $ 2500

-Directores: María del Carmen Musa - Oscar Davini
Coordinador: Agustín Moscariello

Familia e Infancia en Santa Fe 3:
PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS


-Hernán Soto - Silvana Lamas González
Colaboración de Maximiliano Moreno
CÓMO HACER UNA DEFENSA PENAL EN SANTA FE
2da. edición actualizada y ampliada
Criterios jurisprudenciales. Comentarios prácticos

-Biarnés, Miguel Ángel
SEGUROS. Selección de temas relevantes.
Guía para profesionales de la actividad.

JURIS. 664 págs., $ 3200

-Mangione - Cesoni: directores
APUNTES PARA PENSAR INFANCIAS
e-book Juris de descarga gratuita
https://editorialjuris.com/ebooks-editorial-juris.php


--------------------------
Colección "Facere Facilius Iuris". Útil para litigar en Santa Fe. Dirección: María Belén Redondo
1. Cómo estimar las costas en los juicios. $ 1800
2. Cómo litigar según 100 Reglas Brasilia. $ 1800
3. Cómo tramitar un juicio de amparo. $ 1800
4. Cómo tramitar medidas cautelares. $ 1800
5. Cómo tramitar un recurso ordinario. $ 1800
6. Cómo litigar con perspectiva de género. $ 1800
7. Cómo litigar en la justicia comunitaria pequeñas causas. $ 1800
8. Cómo tramitar un recurso extraordinario. $ 1800
9. Cómo tramitar una medida autosatisfactiva. $ 1800
10. Cómo tramitar una tutela preventiva. $ 1800
Otros títulos de "Facere facilius iuris" de próxima aparición
----------------------------
TODO EL CATÁLOGO DE JURIS EN 6 CUOTAS SIN INTERÉS
www.editorialjuris.com
Atendemos de lunes a viernes, de 8 a 14 hs.
ESTUDIANTES: 20 % descuento en todas las editoriales jurídicas

CAFETERIA JURIS
CALIDAD EN CAFÉ Y RICAS MEDIALUNAS
Moreno 1580

..la misma calidad, y ¡siguen los mejores precios!

HOMICIDIO CULPOSO AL AYUNO
CAFÉ, TÉ, O MATE CON LECHE:
1. CON UNA MEDIALUNA, bizcocho + soda. $ 80 (socios Juris $ 70)
2. CON UNA TOSTADA + untable + jugo chico exprimido + soda $ 110 (socios Juris $ 100)
3. CON DOS TOSTADAS, + 2 untables + jugo chico exprimido + soda $ 130 (socios Juris $ 120)

HOMICIDIO DOLOSO AL AYUNO
CAFÉ, TÉ O MATE CON LECHE:
1. CON DOS MEDIALUNAS o bizcochos + soda $ 90 (socios Juris $ 80)
2. CON TRES MEDIALUNAS o bizcochos + soda $ 100 (socios Juris $ 90)
3. JARRITA DULCE, con dos masas secas + jugo + soda $ 90 (socios Juris $ 80)

DERECHO HÍDRICO
1. CAFECITO CON MASA SECA + soda $ 60 (socios Juris $ 50)
2. CAFÉ SOLO O CON LECHE GRANDE O JARRITA con masa seca + soda $ 70 (socios Juris $ 60)
3. GASEOSAS, AGUAS SABORIZADAS Y AGUA MINERAL $ 70 (socios Juris $ 60)
4. EXPRIMIDO NARANJA CHICO $ 50 (socios Juris $ 40)
5. EXPRIMIDO NARANJA GRANDE $ 80 (socios Juris $ 70)
6. TÉ, MATE COCIDO O LECHE CON MASA SECA $ 60 (socios Juris $ 50)
7. REMO (leche + un chocolate Águila) $ 80 (socios Juris $ 70)

LIBERTAD CONDICIONAL
1. Cada medialuna, bizcocho, tostada o untable "extra" $ 20
2. Turrón de maní $ 20
3. Barritas de cereal light $ 40

EDITORIAL Y LIBRERÍA JURIS / TODAS LAS EDITORIALES JURÍDICAS / TODOS LOS MEDIOS DE PAGO / ENVÍOS A TODO EL PAÍS Y EXTERIOR

Moreno 1580 - 2000 Rosario - Argentina - Telefax: 54 (341) 426 7301/2 - editorial@editorialjuris.com
Horario de atención: Lunes a Viernes de 8 a 14 hs. - www.editorialjuris.com

Ud. Ha recibido este MAIL por su suscripción a nuestro "Boletín de Novedades".
Si por algún motivo no desea recibirlo más, responda este mail con el asunto "REMOVER".
Para mayor información visite: www.editorialjuris.com